TERMINOS Y CONDICIONES DE ARRENDAMIENTO EMBARCACION VORAZ 400 y VORAZ 450
En Es Grau, Mahon, Menorca, el dia de la fecha del correo di confirmacion de la reserva.
De una parte Paulino Maria Coll, con domicilio en Illes Galapagos 11 de 07703 Mahon, Menorca, Illes Baleares y provisto del DNI 41492947G, actuando en su propio nombre (en lo sucesivo el ARRENDADOR)
Y de otra, el cliente, cuyos datos personales y de identificación están incluidos en el correo electrónico de confirmación de reserva (en lo sucesivo el ARRENDATARIO)
Ambas partes se reconocen en mutua capacidad para obrar y obligarse, y a tal efecto otorgan el presente Contrato de Arrendamiento de embarcación de acuerdo con las siguientes
CLAUSULAS:
1. Reserva y pago
Las reservas se formalizarán abonando el 50% del total del alquiler. El día del embarque se abonará (en efectivo o mediante pago con tarjeta) el 50% restante y una fianza de 150€ (en efectivo o mediante pago con tarjeta) y en caso de no efectuarse, la reserva se considerará anulada. Con el pago de la reserva el arrendatario acepta las condiciones del presente contrato.
2. Cancelaciones y anulaciones
Las anulaciones se realizarán con un mínimo de 72 horas de antelación y supondrán un cargo de 10€ para el cliente para cubrir los gastos de gestión. Las devoluciones se realizarán por transferencia bancaria, a un número de cuenta facilitado por el cliente, en un plazo de 30 días desde la fecha de la cancelación. Si el arrendatario quiere anular su reserva con menos de 72h de antelación, no recuperará el dinero invertido. Si el arrendatario procede a la cancelación justo antes del embarque perderá la totalidad de las cantidades entregadas a la arrendadora, sea cual fuere su importe, salvo en caso de condiciones meteorológicas adversas por previsión de:
Altura de las Ola: altura de ola superior a 1 metro.
Velocidad del Viento: viento superior a 20 nudos.
Precipitación: lluvia intensa durante más de 2h de la duración total de navegación. Para la cancelación por mal tiempo:
Deben cumplirse dos de las anteriores condiciones para anular la reserva.
La reserva sólo podrá ser cancelada el mismo día del embarque.
La referencia para las condiciones meteorológicas se obtendrá de: WINDFINDER, boya Mahón: es.windfinder.com
En este caso, el arrendador le ofrecerá al arrendatario dos soluciones, de las cuales podrá escoger solo una:
Disfrutar del servicio en otra fecha.
Recuperar el dinero invertido. No se recuperará la totalidad del ingreso ya que 10€ serán destinados a gastos de gestión.
3. Imposibilidad de entrega de la embarcación por la arrendadora
Si por motivos de averías o por cualquier causa ajena a la voluntad de la arrendadora, producidas con anterioridad al inicio del arrendamiento, no fuera posible entregar la embarcación arrendada, se le entregará una embarcación de iguales o similares características al arrendatario.
En caso de no ser posible, se devolverá el importe íntegro pagado hasta ese momento por el arrendamiento sin que quepa indemnización de daños y perjuicios.
4. Fianza
No está permitido que ninguna embarcación salga sin haber pagado la fianza de 150€.
El día del embarque el arrendatario entregará a la arrendadora la fianza que se indica en las condiciones particulares, con la que responderá de las cancelaciones, averías, roturas, desperfectos, robos, retrasos en la devolución de la embarcación, diferencias en el inventario y equipamiento, indemnizaciones, mal uso, negligencia y penalizaciones de cualquier índole pactadas en el presente contrato o que pudieran surgir como consecuencia del incumplimiento del mismo. Todo ello sin perjuicio de las acciones legales que fueran procedentes para reclamar aquellos importes que superasen el de la fianza.
Devuelta la embarcación en la fecha pactada, realizado el Check-Out de conformidad y cumplidos por el arrendatario todos los deberes surgidos como consecuencia de lo pactado en este contrato, la fianza será devuelta al arrendatario en un plazo aproximado de 48 horas. En el supuesto de existir discrepancias entre las partes sobre las condiciones de devolución de la embarcación y bienes inventariados, la fianza se devolverá en el momento de terminación de la disputa surgida, si fuera el caso.
5. Duración
El período de duración del arrendamiento acordado en las condiciones particulares del presente contrato no podrá ser variado ni alterado sin autorización previa de la arrendadora, por escrito.
6. Titulación
Para el manejo de la embarcación no es necesario ningún título náutico pues las embarcaciones no superan los 15cv de potencia ni los 5 metros de eslora. El patrón y los acompañantes se comprometen a mostrar una actitud responsable, priorizando siempre la seguridad de ellos y los demás usuarios.
7. Zona de navegación
La zona de navegación será la estipulada en las condiciones particulares del presente contrato. El incumplimiento de dicha obligación implicará la automática rescisión del contrato con la pérdida de las cantidades entregadas al efecto, así como la fianza, y todo ello con independencia del abono de los gastos y responsabilidades que de dicho mal uso pudieran derivarse.
8. Inventario
Con anterioridad a la entrega de la embarcación, y dentro de horario de atención al público, ambas partes, de forma conjunta, procederán al Check-In y correspondiente inventario. Una vez realizado se suscribirá el correspondiente documento acreditativo y de conformidad. Si el arrendatario se niega a firmar el Check-In se aplica el punto 2.- Cancelaciones y anulaciones de las presentes Condiciones.
– La realización del Check-In dentro del tiempo de duración del presente contrato no implica una ampliación del plazo por el mismo tiempo usado en la revisión conjunta del Check-In.
9. Condiciones de uso
El arrendatario responde de todos los actos de las personas indicadas en la lista de tripulantes de la embarcación o cualquier persona que se encuentre a bordo, ese número de personas no podrá sobrepasar en ningún caso la capacidad máxima de la embarcación, informada por la arrendadora, con independencia de lo indicado en la documentación oficial de la embarcación.
Además, el arrendatario respetará las siguientes condiciones de uso de la embarcación:
Queda prohibido sobrepasar la velocidad máxima de TRES NUDOS, establecida por la Comandancia de Marina/Autoridad Portuaria en el Puerto de Mahón o a menos de 200 metros de la costa.
Hay que respetar las zonas de bañistas, fondeando siempre fuera de las boyas de las playas; y también respetar y alejarse de las boyas y embarcaciones con bandera de submarinistas.
Queda terminantemente prohibida la práctica de esquí acuático o arrastre de cualquier elemento flotante o equivalente.
No se llevarán animales a bordo, a menos que exista autorización expresa por parte de la arrendadora.
Se prohíbe utilizar la embarcación para el transporte de mercancías, de viajeros distintos a los señalados en la lista de tripulantes, el embarque de armas, animales, estupefacientes o cualquier sustancia tóxica, peligrosa o prohibida por la ley.
El arrendatario se obliga a usar la embarcación exclusivamente como chárter turístico o de recreo por lo que en ningún caso puede destinarla a operaciones de comercio, pesca profesional, transporte, competiciones deportivas, y cualesquiera otras incompatibles con el destino del barco.
Queda prohibido el remolque de otras embarcaciones salvo en casos de urgencia, así mismo sólo se dejará remolcar la embarcación alquilada en los mismos casos.
En caso de informes meteorológicos peligrosos sobre el tiempo o la mar, el arrendatario se obliga a no salir del puerto en que se encuentre o bien ir al puerto o fondeadero seguro más próximo a su posición. El arrendatario deberá conocer en todo momento los partes meteorológicos para llevar un plan de navegación que le permita conservar la integridad de la embarcación sin riesgo.
Se prohíbe dejar la embarcación fondeada sin tripulante con experiencia a bordo y sin vigilancia.
Para pernoctar solo se puede fondear en zonas habilitadas para ello, tales como campos de boyas o puertos deportivos.
Queda prohibido que el patrón a cargo del gobierno de la embarcación consuma bebidas alcohólicas o tome sustancias estupefacientes (en cualquiera de sus formas) antes o durante el manejo de la embarcación.
10. Subcontratación
Queda totalmente prohibido el subarriendo o cesión de la embarcación por parte del arrendatario.
11. Retenciones administrativas (captura y confiscación)
En caso de captura de la embarcación, el arrendatario abonará a la arrendadora en concepto de indemnización por los daños y perjuicios ocasionados una suma equivalente al doble del precio del alquiler diario por cada día que transcurra hasta que la restitución y entrega del barco tenga lugar. En caso de confiscación, el cliente abonará el valor íntegro del barco en el plazo de ocho días. En ambos casos el arrendatario perderá, en beneficio de la arrendadora, las cantidades entregadas.
12. Seguro
La embarcación objeto del presente contrato se halla cubierta con la póliza de seguro correspondiente, obligándose el arrendatario a tomar cuantas medidas sean precisas para actuar conforme a las obligaciones que en ella se contienen, siendo, en su caso, el único responsable de las consecuencias derivadas del incumplimiento de tales obligaciones.
El arrendatario acepta expresamente que el seguro no cubre los accidentes producidos fuera del barco ni las pérdidas o daños que pudieran sufrir sus efectos personales o los de los demás tripulantes de la embarcación.
El arrendatario se hace directamente responsable de cualquier daño, material o personal, que derive del incumplimiento por su parte de cualquiera de las obligaciones establecidas en las condiciones de uso de la embarcación y/o negligencia por su parte.
Además, el arrendatario asume toda responsabilidad por multa, sanción, perjuicio o daño causado o derivado de la infracción de cualquier otra cláusula de este contrato y/o por cualquier infracción de las Leyes españolas e internacionales vigentes y, en concreto, contra las leyes pesqueras, de pesca submarina, de búsqueda de restos arqueológicos o de la ley de costas cometidas durante la vigencia del contrato, y sobre cualquier daño que pueda producir en guías, pantalanes u otros elementos de las instalaciones deportivas en las que amarre.
13. Averías de la embarcación durante el contrato
Si por motivo de avería producida durante el arrendamiento u otras causas no imputables al arrendatario, no fuera posible seguir en la embarcación arrendada, la arrendadora reembolsará el importe proporcional a los días en que no ha sido posible la utilización de la embarcación o bien facilitará una embarcación de características similares, si fuere posible, a elección del arrendatario. En ningún caso dará derecho a la ampliación del plazo del alquiler o compensación por daños o perjuicios alguna.
El arrendatario no ordenará ninguna reparación sin antes haber indicado la avería a la arrendadora quien deberá otorgar su permiso. Los gastos de reparación serán de cuenta de la arrendadora.
Las averías consecuencia de la negligencia, ineptitud o deficiente uso de la embarcación por el arrendatario, serán abonadas por éste en su integridad, y la arrendadora dará por resuelto el presente contrato y se reservará el ejercicio de la reclamación de los daños y perjuicios que la avería pudiera generar. En tal caso no será de aplicación lo prevenido en el primer párrafo de la presente condición.
La arrendadora no se hace responsable de los desperfectos o daños causados por embarrancamientos, colisiones con bancos de arena o fondos bajos. El arrendatario debe estudiar la zona de navegación con antelación y tomar todas las precauciones necesarias.
14. Accidentes
El arrendatario se compromete a informar inmediatamente de cualquier siniestro a la arrendadora y a transmitirle inmediatamente cuantas cartas, citaciones o notificaciones que a dicho siniestro se refieran y a prestar completa colaboración a la arrendadora y a la Compañía Aseguradora en la investigación y defensa de cualquier reclamación y proceso.
En el momento del accidente o siniestro tomará las siguientes medidas:
No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho, salvo la “Declaración Amistosa de Accidentes”.
Obtener datos completos de la parte contraria, realizar la “Declaración Amistosa de Accidentes” o el “Parte de Siniestro”, testigos, que junto con los detalles del accidente remitirá urgentemente a la arrendadora avisando telefónicamente en caso de accidente grave.
Notificar inmediatamente a las autoridades si existe culpabilidad de la parte contraria.
No abandonar la embarcación sin tomar las adecuadas medidas para protegerla y salvaguardarla.
En caso de incumplimiento por parte del arrendatario de cualquiera de estas medidas, si son de aplicación, la arrendadora podrá reclamar al arrendatario daños y perjuicios ocasionados por negligencia.
15. Robo
En caso de robo de la embarcación, el arrendatario está obligado comunicar de inmediato a la arrendadora este hecho y a presentar la correspondiente denuncia del hecho ante la autoridad competente, entregando la misma a la arrendadora.
16. Entrega y Devolución de la embarcación
Las embarcaciones serán entregadas a partir de las 10:00 h.
La embarcación deberá retornarse a las 19:00 h. como máximo, en el puerto de partida. Deberá devolverse la embarcación en las mismas condiciones en que la recibió, con el equipamiento ordenado y debidamente estibado, y en condiciones normales de limpieza teniendo en cuenta el uso.
En el momento de la devolución se realizará, entre las partes, el Check-out expidiendo al final del mismo el correspondiente documento acreditativo y de conformidad.
En caso de que el arrendatario no devolviera la embarcación arrendada en el tiempo y lugar convenidos, deberá pagar, en concepto de daños y perjuicios al arrendador una cantidad consistente en el doble del precio diario del arrendamiento, por cada día de retraso, excepción hecha al supuesto de que el retraso en la devolución se deba a la producción de un riesgo o peligro cubiertos en la póliza de seguros de la embarcación. En todo caso el arrendatario se compromete a informar de ello y de forma inmediata a la arrendadora para la constatación de las circunstancias y recuperación de la embarcación.
Transcurridas 24 horas desde la hora prevista de la devolución sin que ésta se haya llevado a efecto, y sin tener noticias del arrendatario, tripulación o embarcación, la arrendadora iniciará la búsqueda comunicándolo a las autoridades competentes que sean precisas. Todos los gastos que ello origine correrán a cargo del arrendatario.
La embarcación deberá ser devuelta en idénticas condiciones de funcionamiento, equipamiento e inventario, a las de su entrega al inicio del alquiler. Si tras el Check-out se constatara cualesquiera deterioros o roturas en el equipamiento y funcionamiento de la embarcación, o pérdidas de elementos del inventario y equipamiento, serán de cargo del arrendatario el importe de las reparaciones y reposiciones. Dicho importe será determinado, en el caso de tratarse de elementos, en base a los valores computados por la arrendadora en su contabilidad, que será exhibida, a tal efecto, al arrendatario y en el caso de reparaciones, por presupuesto de empresa especializada.
17. Reclamaciones
Cualquier reclamación que desee formular el arrendatario deberá hacerse por escrito en el momento de la devolución de la embarcación, a la finalización del contrato.
18. Condición suspensiva
La vigencia del presente contrato queda supeditada, como condición suspensiva, al pago, por parte del arrendatario, del importe de la reserva estipulada en la condición general 1. Reserva y Pago, no siendo por tanto efectivas las reservas hasta el pago indicado.
19. Protección de datos
Los datos personales que figuran en el presente contrato están protegidos conforme a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. Estos datos sólo podrán ser tratados y cedidos a efectos de empresas encargadas de gestión de cobro, y para la realización de campañas publicitarias de la arrendadora y cualquier otra empresa del Grupo Sasga (Sasga Estribor, S.L. o cualquiera de sus empresas participadas).
20. Fuero
Para la solución de cualquier controversia como consecuencia del presente contrato las partes se someten a las Autoridades Administrativas y Juzgados de Mahón rigiéndose la relación entre ellas por la Legislación Española.